MEXICO
Abril 21, 2026
La reforma a la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial (LFPPI), publicada el 03 de abril de 2026, introduce diversos cambios en la gestión de la Propiedad Intelectual en México, entre los cuales, destaca la inscripción obligatoria de cambios de nombre, denominación o razón social del titular de un registro de signo distintivo.
¿Qué ventajas tiene actualizar la titularidad de una marca ante el IMPI?
Inscribir los cambios es ahora una obligación y es fundamental, principalmente por una razón legal: para que surtan efectos frente a terceros.
Aunque el cambio de nombre o razón social es un acto jurídico que compete al titular de la marca y es válido ante las autoridades mercantiles del país correspondiente, debe presentarse ante el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial (IMPI) para surtir efectos frente a terceros. De este modo, los interesados pueden conocer la existencia y titularidad de un registro de marca. Esto resulta particularmente útil en caso de que el titular de la marca se vea involucrado en algún litigio.
¿Qué pasa si no se registra el cambio de razón social ante el IMPI?
No registrar el cambio de razón social ante el IMPI puede tener consecuencias negativas, entre las que destacamos:
1.) Oponibilidad a terceros: sin la inscripción, el cambio de titularidad solo es válido para las autoridades mercantiles y de comercio, pero para el IMPI y terceros, el titular sigue siendo la empresa inscrita en el IMPI, por lo que, para que el mundo entero reconozca legalmente al nuevo titular, el acto debe estar registrado en el IMPI.
2.) Seguridad jurídica: la seguridad jurídica en materia de marcas busca garantizar que los derechos de Propiedad Industrial exclusivos coincidan con quien realmente utiliza y explota la marca en el comercio (principio de veracidad marcaria). Esto no solo protege al titular de un registro de marca, sino también al consumidor, que tiene la certeza del origen empresarial de un producto o servicio.
3.) Legitimación para acciones legales: solo el titular que aparece oficialmente en los registros del IMPI puede iniciar acciones de defensa de derechos, tales como oposiciones, acciones de cancelación, acciones de infracción ante autoridades mexicanas, e incluso defender su marca ante acciones presentadas por terceros.
Lo anterior es de suma importancia, pues la falta de actualización en la titularidad de un registro de marca en Mexico puede acarrear la falta de legitimación ante el IMPI; esto quiere decir que, para el IMPI, “tú no eres la persona indicada para pedir esto”, ya que no eres el titular de la marca registrada en la que se basa la acción y, por ende, la acción de defensa o aplicación de la ley presentada sería desechada (no admitida) o acarrearía el sobreseimiento del procedimiento (si se detecta una vez iniciado el proceso, provoca su finalización sin resolver el conflicto). Es decir, el IMPI no entra a estudiar el fondo de la acción solicitada y da por terminado un procedimiento contencioso administrativo.
Del mismo modo, el IMPI puede alegar la falta de interés jurídico, si hay discrepancia entre el titular registrado de la marca y el nuevo titular (no inscrito), pues para el IMPI “tú no eres parte interesada". Para la autoridad, el propietario sigue siendo el anterior, por lo que aún no tienes interés legal para actuar.
De igual manera, si un tercero presenta una acción en contra de tu registro de marca y no se ha registrado y/o comprobado el cambio de nombre o razón social, podrías perder la posibilidad de defender la marca. Esto sucede porque la nueva razón social no aparece como propietaria del registro y, por tanto, “no tiene interés jurídico” ni facultades legales para actuar en nombre de la marca, que pertenece a la “antigua” razón social.
4.) Dificultades en el mantenimiento de la marca: cuando llegue el momento de presentar la declaración de uso (al tercer año desde la fecha de concesión del registro) o la solicitud de renovación (cada diez años), el IMPI rechazará la solicitud si esta se presenta en nombre de una razón social distinta a la que figura en el título de marca, a menos que primero se regularice el cambio.
5.) Continuidad de trámites: permite que el nuevo propietario pueda llevar a cabo trámites de mantenimiento, cambios de domicilio, inscripción de contratos, inscripción de licencias y, en general, responder a requerimientos de la autoridad de manera oficial (si los hubiere).
6.) Valor comercial: la marca incrementa el patrimonio de una empresa, pues es posible venderla o incluso darla como garantía para obtener un crédito. Por lo tanto, será necesario demostrar la titularidad de la marca para poder venderla o usarla como garantía prendaria (a menudo este gravamen también se inscribe en el IMPI).
Por todo ello, recomendamos mantener los registros al día, especialmente lo relativo a la titularidad de una marca en México, para aprovechar las ventajas que ello conlleva y evitar los riesgos y problemas legales de no hacerlo.
No dudes en ponerte en contacto con nosotros para cualquier información o asesoría relacionada con temas de marcas y Propiedad Industrial.